Es posible que hayas recibido una herencia pero no estés seguro de si querer aceptarla porque viene cargada de deudas y obligaciones que no estás dispuesto a aceptar. ¿Se puede renunciar a una herencia? La respuesta es sí, y en este blog te explicamos como.
Principales causas por las que renunciar a una herencia.
Las razones más comunes para rechazar una serie de bienes heredados son las siguientes:
- No se tiene disposición para hacerse cargo de todos los gastos que recibir una herencia puede acarrear: impuestos, reformas en viviendas, obras, etc.
- No se tiene un consenso entre todos los herederos y se quiere evitar un conflicto: si hay varios herederos y aceptar una herencia va a suponer una disputa entre estos, hay determinadas personas que optan por rechazar la herencia.
- En algunas ocasiones puede suceder que el fallecido tenga más deudas que bienes.
- No se tiene ningún interés en obtener el bien que se hereda por derecho: puede ocurrir que no se tenga el suficiente interés para recibir una herencia bien porque no tiene ningún valor sentimental para la persona o bien porque no tiene las habilidades o capacidades que se necesitan para gestionar dichos bienes.
¿Cómo se renuncia a una herencia?
El proceso para rechazar una herencia no suele ser muy difícil aunque el procedimiento no es gratuito (pero tampoco es muy costoso).
En general, los costes que se tienen por renunciar a una herencia son: las tasas del notario, el certificado de defunción además del 21% de IVA y el papel timbrado por el Estado.
El proceso de renuncia a unos bienes heredados consiste en redactar un documento notarial en el que el interesado exponga que rechaza dichos bienes, derechos o dinero que le pudieran pertenecer.
Para llevar a cabo este trámite ante el Estado, se deberá presentar el documento de identidad (DNI) y el certificado de defunción del testador. Una vez se hayan reunido todos estos documentos, se comenzará a realizar una escritura pública de este documento ante un notario.
Es importante recalcar que una vez se haya renunciado a la herencia esta decisión es irrevocable. Por ende, una vez firmado y presentado el documento ante notario no es posible echarse atrás en la decisión.
Tampoco se puede renunciar sólo a una parte de la herencia; una vez se rechace el bien heredado se rechazará el 100% de éste.
Además, este procedimiento solo se puede llevar a cabo una vez el testador haya fallecido y se haya llevado a cabo la lectura del correspondiente testamento.
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